Policía Morelia aclara rumores sobre restricciones en el uso de cámaras de videovigilancia

Morelia, Michoacán, a 24 de enero de 2025.

Ante la reciente confusión generada por información difundida sobre supuestas multas relacionadas con la instalación de cámaras de vigilancia, el Comisionado Municipal de Seguridad, Alejandro G. Cussi, aclaró que no existe restricción alguna para que la ciudadanía utilice cámaras de videovigilancia con fines preventivos y de seguridad.

La instalación de cámaras de videovigilancia en domicilios particulares con fines de seguridad personal no está sujeta a sanciones. El Comisionado Cussi mencionó que la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares no contempla multas para quienes utilizan estos dispositivos en su ámbito privado.

Aunque no existen sanciones para el uso doméstico de cámaras de seguridad, es recomendable asegurarse de que las cámaras no capturen imágenes del interior de propiedades vecinas sin consentimiento.

“La ciudadanía puede instalar cámaras en sus domicilios y negocios para proteger su patrimonio y prevenir delitos. Además, en Policía Morelia ponemos a disposición la posibilidad de conectar tus cámaras de videovigilancia al C4”, destacó González Cussi.

El Comisionado hizo hincapié en que durante la administración del Presidente Municipal Alfonso Martínez Alcázar, Morelia se ha posicionado como la ciudad más videovigilada de México con 5.5 cámaras por cada mil habitantes. Esto refleja también la confianza de la ciudadanía con su policía al acceder a integrar sus cámaras al C4.

Actualmente, la red integral de videovigilancia de Policía Morelia contempla 5,550 cámaras distribuidas por toda la ciudad, lo que representa un esfuerzo conjunto entre autoridades y ciudadanía para consolidar un entorno más seguro.

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Comisión de Gobernación, Seguridad Pública, Protección Civil y Participación Ciudadana:
Será presidida por quien se ostente Titular de la Presidencia Municipal, a la cual le corresponde vigilar el cumplimiento de la normatividad que integra el Sistema Jurídico Mexicano; Fomentar el civismo y los sentimientos patrios entre la población; Promover la capacitación permanente de las y los empleados municipales, eficientando la prestación de los servicios públicos; Coadyuvar con las autoridades 
competentes municipales y de los demás niveles de gobierno, a preservar la seguridad pública, el orden y la
paz social en el Municipio; Supervisar la prestación del servicio social que se efectúe en la Administración Pública Municipal; Atender todo lo relacionado con los mecanismos de participación ciudadana que se desarrollen en el Municipio; Vigilar el cumplimiento de las disposiciones en materia de Protección Civil, que le corresponda observar al Ayuntamiento; Establecer, en su caso, en coordinación con las autoridades federales y estatales, las disposiciones o mecanismos de Protección Civil necesarios ante las
eventualidades que deba accionarse; Elaborar y presentar al Ayuntamiento, para su aprobación, en su caso, las iniciativas de reglamentos de su competencia; y, Las demás que en el ámbito de la competencia municipal
y disposiciones le sean aplicables;
 
Comisión de Gobernación, Seguridad Pública, Protección Civil y Participación Ciudadana:
Será presidida por quien se ostente Titular de la Presidencia Municipal, a la cual le corresponde vigilar el cumplimiento de la normatividad que integra el Sistema Jurídico Mexicano; Fomentar el civismo y los sentimientos patrios entre la población; Promover la capacitación permanente de las y los empleados municipales, eficientando la prestación de los servicios públicos; Coadyuvar con las autoridades 
competentes municipales y de los demás niveles de gobierno, a preservar la seguridad pública, el orden y la
paz social en el Municipio; Supervisar la prestación del servicio social que se efectúe en la Administración Pública Municipal; Atender todo lo relacionado con los mecanismos de participación ciudadana que se desarrollen en el Municipio; Vigilar el cumplimiento de las disposiciones en materia de Protección Civil, que le corresponda observar al Ayuntamiento; Establecer, en su caso, en coordinación con las autoridades federales y estatales, las disposiciones o mecanismos de Protección Civil necesarios ante las
eventualidades que deba accionarse; Elaborar y presentar al Ayuntamiento, para su aprobación, en su caso, las iniciativas de reglamentos de su competencia; y, Las demás que en el ámbito de la competencia municipal
y disposiciones le sean aplicables;
 
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Será presidida por quien se ostente Titular de la Presidencia Municipal, a la cual le corresponde vigilar el cumplimiento de la normatividad que integra el Sistema Jurídico Mexicano; Fomentar el civismo y los sentimientos patrios entre la población; Promover la capacitación permanente de las y los empleados municipales, eficientando la prestación de los servicios públicos; Coadyuvar con las autoridades 
competentes municipales y de los demás niveles de gobierno, a preservar la seguridad pública, el orden y la
paz social en el Municipio; Supervisar la prestación del servicio social que se efectúe en la Administración Pública Municipal; Atender todo lo relacionado con los mecanismos de participación ciudadana que se desarrollen en el Municipio; Vigilar el cumplimiento de las disposiciones en materia de Protección Civil, que le corresponda observar al Ayuntamiento; Establecer, en su caso, en coordinación con las autoridades federales y estatales, las disposiciones o mecanismos de Protección Civil necesarios ante las
eventualidades que deba accionarse; Elaborar y presentar al Ayuntamiento, para su aprobación, en su caso, las iniciativas de reglamentos de su competencia; y, Las demás que en el ámbito de la competencia municipal
y disposiciones le sean aplicables;