Policía Morelia refuerza operativos para retirar obstáculos y apartar lugares en vía pública

Morelia, Michoacán; 13 de febrero de 2025.

La Unidad Vial de Policía Morelia intensificó sus operativos para retirar obstáculos colocados indebidamente en la vía pública con el fin de apartar lugares de estacionamiento. Esta práctica, que implica el uso de objetos como botes, cajas o llantas para reservar espacios, está prohibida y es motivo de sanción. Las personas sorprendidas incurriendo en esta conducta pueden ser acreedoras a multas que oscilan entre 10 y 15 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalentes a montos de 844.90 a 1,237.35 pesos.

La corporación recuerda a la ciudadanía que los vehículos deben estacionarse únicamente en áreas designadas para tal fin. Está prohibido estacionarse en zonas señalizadas con banquetas amarillas o rojas y hacerlo constituye una infracción de tránsito. Asimismo, las áreas marcadas con banquetas azules están reservadas exclusivamente para personas con discapacidad.

Para aquellos que requieran utilizar estos espacios, es necesario tramitar el permiso correspondiente. Este trámite se realiza en el Juzgado Cívico Municipal, ubicado en Eduardo Ruiz 526, colonia Centro. Los interesados deben presentar una solicitud acompañada de un certificado médico que acredite la discapacidad, identificación oficial y comprobante de domicilio.

Policía Morelia hace un llamado a la conciencia ciudadana para respetar las normas de tránsito y las señalizaciones viales. El uso indebido de la vía pública no solo afecta la movilidad urbana, sino que también puede poner en riesgo la seguridad de peatones y conductores. Al respetar las reglas de estacionamiento y evitar prácticas como apartar lugares con objetos, contribuimos a una convivencia armónica y segura en nuestra ciudad.

La colaboración de todos es esencial para mantener el orden y la seguridad en las calles de Morelia. Policía Morelia continuará realizando operativos y acciones preventivas para asegurar el cumplimiento de la normativa vial y cuidar a la ciudadanía.

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Comisión de Gobernación, Seguridad Pública, Protección Civil y Participación Ciudadana:
Será presidida por quien se ostente Titular de la Presidencia Municipal, a la cual le corresponde vigilar el cumplimiento de la normatividad que integra el Sistema Jurídico Mexicano; Fomentar el civismo y los sentimientos patrios entre la población; Promover la capacitación permanente de las y los empleados municipales, eficientando la prestación de los servicios públicos; Coadyuvar con las autoridades 
competentes municipales y de los demás niveles de gobierno, a preservar la seguridad pública, el orden y la
paz social en el Municipio; Supervisar la prestación del servicio social que se efectúe en la Administración Pública Municipal; Atender todo lo relacionado con los mecanismos de participación ciudadana que se desarrollen en el Municipio; Vigilar el cumplimiento de las disposiciones en materia de Protección Civil, que le corresponda observar al Ayuntamiento; Establecer, en su caso, en coordinación con las autoridades federales y estatales, las disposiciones o mecanismos de Protección Civil necesarios ante las
eventualidades que deba accionarse; Elaborar y presentar al Ayuntamiento, para su aprobación, en su caso, las iniciativas de reglamentos de su competencia; y, Las demás que en el ámbito de la competencia municipal
y disposiciones le sean aplicables;
 
Comisión de Gobernación, Seguridad Pública, Protección Civil y Participación Ciudadana:
Será presidida por quien se ostente Titular de la Presidencia Municipal, a la cual le corresponde vigilar el cumplimiento de la normatividad que integra el Sistema Jurídico Mexicano; Fomentar el civismo y los sentimientos patrios entre la población; Promover la capacitación permanente de las y los empleados municipales, eficientando la prestación de los servicios públicos; Coadyuvar con las autoridades 
competentes municipales y de los demás niveles de gobierno, a preservar la seguridad pública, el orden y la
paz social en el Municipio; Supervisar la prestación del servicio social que se efectúe en la Administración Pública Municipal; Atender todo lo relacionado con los mecanismos de participación ciudadana que se desarrollen en el Municipio; Vigilar el cumplimiento de las disposiciones en materia de Protección Civil, que le corresponda observar al Ayuntamiento; Establecer, en su caso, en coordinación con las autoridades federales y estatales, las disposiciones o mecanismos de Protección Civil necesarios ante las
eventualidades que deba accionarse; Elaborar y presentar al Ayuntamiento, para su aprobación, en su caso, las iniciativas de reglamentos de su competencia; y, Las demás que en el ámbito de la competencia municipal
y disposiciones le sean aplicables;
 
Comisión de Gobernación, Seguridad Pública, Protección Civil y Participación Ciudadana:
Será presidida por quien se ostente Titular de la Presidencia Municipal, a la cual le corresponde vigilar el cumplimiento de la normatividad que integra el Sistema Jurídico Mexicano; Fomentar el civismo y los sentimientos patrios entre la población; Promover la capacitación permanente de las y los empleados municipales, eficientando la prestación de los servicios públicos; Coadyuvar con las autoridades 
competentes municipales y de los demás niveles de gobierno, a preservar la seguridad pública, el orden y la
paz social en el Municipio; Supervisar la prestación del servicio social que se efectúe en la Administración Pública Municipal; Atender todo lo relacionado con los mecanismos de participación ciudadana que se desarrollen en el Municipio; Vigilar el cumplimiento de las disposiciones en materia de Protección Civil, que le corresponda observar al Ayuntamiento; Establecer, en su caso, en coordinación con las autoridades federales y estatales, las disposiciones o mecanismos de Protección Civil necesarios ante las
eventualidades que deba accionarse; Elaborar y presentar al Ayuntamiento, para su aprobación, en su caso, las iniciativas de reglamentos de su competencia; y, Las demás que en el ámbito de la competencia municipal
y disposiciones le sean aplicables;